event_note Nota de premsa

Mañana se abre la inscripción al registro telemático para acreditar las empresas contratistas y subcontratistas de la construcción creado por el Govern

· El periodo de inscripción al nuevo registro empieza mañana, 13 de mayo

· A partir del 26 de agosto todas las empresas que operan en el sector de la construcción en Catalunya deberán estar registradas para poder trabajar

· Se calcula que se registrarán unas 80.000 empresas

A partir de mañana martes 13 de mayo todas las empresas que quieran operar en el sector de la construcción, ya sea como contratistas o como subcontratistas, se pueden a inscribir en el Registro de Empresas Acreditadas de Catalunya (REA). A partir del 26 de agosto será obligatorio para todas las empresas que trabajen en una obra figurar en el REA, creado el pasado martes mediante un decreto del Govern de la Generalitat. La previsión del Departamento de Trabajo es que en Catalunya se registren unas 80.000 empresas.
Catalunya es la primera comunidad autónoma que ha apostado por hacer este registro totalmente telemático, es decir, que las empresas habrán de hacer todos los trámites a través de un lugar web integrado en la página del Departamento, dónde podrán ir introduciendo toda la información y los documentos –en formato electrónico- que se les requiera por poderlas registrar.
El objetivo de este registro es que todas las empresas que operan en el sector –constructoras, pero también empresas de cerrajería, de pintura, instaladores de toda clase, etcétera- demuestren que reúnen las condiciones que establece la mencionada ley. Hace falta decir que los autónomos que no tengan trabajadores por cuenta ajena y los promotores que no sean contratistas no deben registrarse.
La consellera de Trabajo, Mar Serna, subraya que este es un instrumento que da "seguridad a las personas y a las empresas" puesto que las empresas que formen parte del registro "habrán debido informar de que tienen una organización preventiva y que sus trabajadores, desde el primero o primera directiva hasta el último trabajador o trabajadora, tienen formación en prevención de riesgos laborales".
La creación del Registro de Empresas Acreditadas para la Subcontratación es una de las obligaciones que emanan de la Ley reguladora de la subcontratación aprobada el 2006.
Reducir los accidentes y la precariedad
El Registro, y en general la Ley reguladora de la subcontratación, quieren garantizar que todas las empresas que trabajan en el sector de la construcción cuentan con medios humanos y materiales por hacer su trabajo, con la intención de erradicar del mercado aquellas que contratan personal pero no son verdaderas empresas.
También pretende asegurar que todas las empresas que intervienen en una obra han formado sus trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales y tienen una organización preventiva. Hay que tener en cuenta que los índices de incidencia de la siniestralidad laboral a la construcción doblan los de los otros sectores económicos.
La Ley reguladora de la subcontratación también establece que las empresas que participen en una obra de construcción deben tener un porcentaje mínimo de trabajadores con contrato indefinido. Actualmente, y hasta el próximo 19 de octubre, las empresas deben tener como mínimo un 10% de trabajadores fijos; del 20 de octubre de este año al 19 de abril de 2010 este porcentaje deberá ser de como mínimo el 20%; y a partir del 20 de abril de 2010 todas las empresas que participen en una obra deberán tener un 30% de la plantilla con contrato indefinido.
En resumen, el objetivo de la Ley reguladora de la subcontratación es reducir la siniestralidad laboral en la construcción y mejorar la calidad de la ocupación de las personas y de las empresas que operan en el sector. 
Regular el sector de la construcción
Las empresas que quieran trabajar como contratistas o subcontratistas en obras de construcción tendrán que reunir los requisitos siguientes:
  1. Tener una organización productiva propia, es decir, contar con medios materiales y personales adecuados y utilizarlos para el ejercicio de la actividad contratada.
  2. Asumir los riesgos, las obligaciones y las responsabilidades que se pueden derivar de sus actuaciones.
  3. Ejercer de forma directa la organización y la dirección del trabajo desarrollado por sus trabajadores en la obra.
  4. Acreditar que disponen de recursos humanos –tanto a nivel productivo como de dirección- con la debida formación en prevención de riesgos laborales, así como de una organización preventiva adecuada.
  5. Estar inscritas al Registre de Empresas Acreditadas para la Subcontratación.
La inscripción al Registre de Empresas Acreditadas tendrá una validez de tres años, pasados los cuales se deberá renovar. 
Reducir papel y desplazamientos 
La apuesta de la Generalitat por crear un registro telemático permitirá que las empresas o sus gestores puedan aportar los documentos desde sus sedes, sin necesidad de desplazarse a una oficina pública, ni de ajustarse a los horarios de atención al público de los registros presenciales.
Además, como no es necesario aportar toda la documentación de golpe, el sistema permito ir añadiendo a cada expediente electrónico los diferentes documentos y certificados necesarios a medida que la empresa los obtiene, ahorrándose así viajes innecesarios.
Para la Administración, el nuevo sistema aporta agilidad puesto que la información es accesible para todos los trabajadores responsables del registro, de forma que con el nombre o el NIF de la empresa se puede acceder fácilmente a su expediente, sin buscarlo en un archivo físico.
Una vez registrada una empresa, el hecho de contar con un registro telemático permite que tanto la misma, como sus clientes potenciales, puedan obtener de manera instantánea un certificado que demuestra que la compañía en cuestión está debidamente acreditada para operar en el sector de la construcción.
El registro telemático también hace más fácil la tarea de mantener actualizada la información sobre las empresas, que pueden notificar la modificación de sus datos identificativos. 

La seguridad, una de las claves
 
La seguridad es una de las claves de la fiabilidad de todo registro telemático. Por esta razón es necesario que los responsables de la empresa o sus apoderados cuenten con un certificado de firma electrónica que pueda ser validado por CatCert, la Agencia Catalana de Certificación. Estos certificados de firma electrónica los emiten diferentes entidades certificadoras, como son Camerfirma, Firma Profesional, ANF y Ancert, entre otras.
Los mencionados certificados garantizan que las personas que modifican los datos o aportan la documentación para el registro son las legalmente autorizadas por hacerlo.
Otra de las condiciones que ha debido satisfacer lo Registro de Empresas Acreditadas para la Subcontratación de Catalunya es la compatibilidad con el registro estatal, puesto que la inscripción a cualquiera de los registros autonómicos habilita para contratar y ser subcontratado en cualquier punto de España, de forma que la información que figura en los diversos registros ha de estar disponible a todas las empresas del Estado.
En este sentido, las empresas del resto de comunidades autónomas se podrán descargar una certificado web del Departamento de Trabajo que acredite que aquella empresa catalana con la cual desea hacer negocios está inscrita al registro.
Las empresas catalanas que quieran obtener un certificado que acredite la inscripción al REA de una empresa no catalana lo podrán obtener también a través de la web de Trabajo, siempre y que todas las autonomías –tal y como está previsto- actualicen la información disponible en la base de datos central del Ministerio de Trabajo e Inmigración. 

Campaña informativa de Trabajo a las empresas 
Teniendo en cuenta la importancia que tiene para todas las empresas del sector estar inscritas en el REA, el Departamento de Trabajo pondrá en marcha una campaña informativa dirigida a las empresas vinculadas a las obras de construcción para recordarles la necesidad de registrarse, puesto que a partir del 26 de agosto será exigible estar inscrito al REA para poder trabajar en una obra de construcción.
Así, se han editado 90.000 dípticos con información sobre como inscribirse y cuál es la información y los documentos que hace falta aportar. Estos folletos se enviarán tanto a las patronales como los sindicatos y a las empresas para recordarles la obligación de registrarse.